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HISTORIA

Mediante Decreto 2119 del 29 de diciembre de 1992, se transformó a la Comisión Nacional de Energía en la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME - dándole la calidad de Organismo con carácter de Unidad Administrativa Especial. Con la promulgación de la Ley 143 de 1994, se complementó lo relacionado a la naturaleza jurídica, funciones, autonomía, funcionamiento, recursos presupuestales y régimen de personal.

La Ley 143/94 en el artículo 13, establece entre otros, que la Unidad de Planeación Minero Energética se organizará como Unidad administrativa especial adscrita al Ministerio de Minas y Energía, con patrimonio propio y personería jurídica, y con regímenes especiales en materia de contratación y administración de personal, de salarios y de prestaciones, y con autonomía presupuestal.

 

El Artículo 16 de la Ley 143 de 1994

El Decreto 1683 del 27 de Junio de 1997

La Ley 489 del 29 de Diciembre de 1998

El Decreto 255 del 28 de Enero de 2004

El Decreto 256 del 28 de Enero de 2004

Establece las Funciones de la Unidad. El Decreto 29 del 10 de Enero de 1995, establece la Planta de Personal de la Unidad.
Fusiona la Unidad Administrativa Especial de Información Minero Energética, del Ministerio de Minas y Energía a la Unidad Administrativa Especial de Planeación Minero Energética.
En su artículo 38 cambia la Estructura y organización de la Administración Pública, pasando a las Superintendencias y Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica al Sector Descentralizado por Servicios.
Establece la Planta de Personal de la Unidad de Planeación Minero Energética y tiene efectos fiscales, a partir del 1 de Enero de 1998.
Establece la Estructura Interna de la Planta de Personal de la Unidad de Planeación Minero Energética y se determinan las funciones de sus dependencias.

 

NORMATIVIDAD CONSTITUCIONAL

Establece las Funciones de la Unidad. El Decreto 29 del 10 de Enero de 1995, establece la Planta de Personal de la Unidad.
Fusiona la Unidad Administrativa Especial de Información Minero Energética, del Ministerio de Minas y Energía a la Unidad Administrativa Especial de Planeación Minero Energética..
En su artículo 38 cambia la Estructura y organización de la Administración Pública, pasando a las Superintendencias y Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica al Sector Descentralizado por Servicios.
Establece la Planta de Personal de la Unidad de Planeación Minero Energética y tiene efectos fiscales, a partir del 1 de Enero de 1998.
Establece la Estructura Interna de la Planta de Personal de la Unidad de Planeación Minero Energética y se determinan las funciones de sus dependencias.