PERMISOS Y LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

 

CONTENIDO

1. PERMISO DE APROVECHAMIENTO Y USO DE RECURSOS NATURALES

1.1 PARA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES

1.2 PARA USO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS

1.3 PARA PERMISO DE VERTIMIENTOS

1.4 PARA OCUPACIÓN DE CAUSES

1.5 PARA APROVECHAMIENTO FORESTAL

1.6 PARA DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS

1.7 PARA EXPLOTACIÓN DE MATERIALES DE ARRASTRE Y DE CANTERA

1.8 PARA EMISIONES ATMOSFÉRICAS

2. LICENCIA AMBIENTAL

2.1 PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE LA LICENCIA AMBIENTAL

2.2 COMPETENCIAS PARA EL TRÁMITE DE LA LICENCIA AMBIENTAL DE PUERTOS CARBONÍFEROS

2.3 TIPO DE ESTUDIOS AMBIENTALES EXIGIDOS

2.4 DIAGNÓSTICO AMBIENTAL DE ALTERNATIVAS - DAA

2.5 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL - EIA

2.6 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL - PMA

2.7 ASPECTOS OPERATIVOS Y TRÁMITES AMBIENTALES

 

 

1. PERMISOS DE APROVECHAMIENTO Y USO DE RECURSOS NATURALES

Con el objeto de cumplir con la normatividad relacionada con la solicitud y trámite de permisos, autorizaciones y concesiones de recursos naturales demandados para el desarrollo de un proyecto carbonífero, es necesario obtener la información orientada al conocimiento de la oferta y demanda de los recursos naturales que pueden ser utilizados en el desarrollo del proyecto, con el fin de establecer las asignaciones, manejo y el grado de intervención que pueda realizarse sobre los mismos.

En este sentido se deben relacionar los recursos naturales objeto de uso, aprovechamiento o afectación como consecuencia de la ejecución de las actividades. En consecuencia habrá necesidad de diligenciar total o parcialmente la información presentada a continuación, de acuerdo con los requerimientos específicos del proyecto.

1.1 Para concesión de aguas superficiales

Oferta: Caudales característicos de las corrientes o cuerpos de agua de las cuales se utilizará el recurso para el proyecto.

Demanda: Inventario de usuarios aguas abajo de las corrientes a utilizar o de los cuerpos de agua a utilizar, con mapas de localización a escala 1:25.000 o mayor.

Caudales y Volúmenes típicos para las diferentes actividades y globales estimados para el proyecto, según las diferentes destinaciones del recurso.

Diseño típicos de los sistemas de captación, conducción, el sistema de control de caudales, derivaciones y disposición de sobrantes.

Ubicación de los sectores de captación de las corrientes o cuerpos de agua a utilizar por el proyecto.

Impactos y manejo ambiental.

Descripción de los impactos derivables de la actividad y las medidas de manejo ambiental previstas.

1.2 Para uso de aguas subterráneas

Exploración

Características hidrogeológicas de la zona

Inventario de manantiales, aljibes y pozos existentes en el área de probable afectación, con énfasis en la unidad acuífera captada, niveles freáticos o estáticos, análisis físico-químico de las aguas e identificación de usuarios con derechos de uso que pueden verse afectados.

Evaluación geoeléctrica de los sitios de perforación, indicando las capas acuíferas a utilizar.

Ubicación de los sitios de perforación en cartografía 1:25.000 o mayor.

Especificaciones del equipo y descripción del sistema de perforación a emplear.

Diseño típico del pozo, que incluya la columna litológica y sus registros eléctricos, programa de lodos, descripción de los trabajos de desarrollo, limpieza y pruebas de bombeo con su interpretación.

Impactos y manejo ambiental de la actividad.

Cronograma de trabajo.

 

Aprovechamiento de Aguas Subterráneas

Disponibilidad

Localización de los pozos en mapas 1:25.000 o mayor

Informe de los resultados de los estudios de exploración. Alternativamente estudios hidrogeológicos que se hubieran realizado indicando el tipo de investigación, método y análisis de las pruebas realizadas y los parámetros geohidráulicos de los acuíferos identificados en los estudios.

Relación de manantiales aljibes y pozos existentes en la zona de abatimiento de cada pozo de suministro de agua a utilizar, e identificación de usuarios que puedan verse afectados en el aprovechamiento.

Análisis físico-químico y bacteriológico del agua.

Demanda

Evaluación de los requerimientos de agua en términos de volumen, caudal y regimen de explotación.

 

Sistema de Suministro

Localización de los pozos o aljibes a utilizar en mapas 1:25.000 o mayor.

Diseño de los pozos o aljibes, si se conocieren, características de los equipos de bombeo, cabezales de descargas en ellos instalados y su plan de operación.

Perfil estratigráfico y descripción de las formaciones geológicas atravesadas por estas obras de alumbramiento, si se conocieren.

Cota de las bocas de pozos o aljibes, nivel estático, dinámico y abatimiento de los pozos con el caudal y régimen normal de producción.

Obras de conducción, almacenamiento y sistema de tratamiento a construír incluídos los sistemas de regulación y medición.

 

Manejo Ambiental

Elementos de medición y control de niveles, (estáticos y dinámicos) caudales y régimen de operación del pozo.

Medidas de protección y mantenimiento de pozos.

Posibles focos de contaminación como letrinas, basureros, depósitos de aguas contaminadas existentes en las áreas de influencia de los pozos productores.

Medidas y dispositivos que pueden usarse para evitar los desperdicios de agua y la disposición de sobrantes.

1.3 Para permiso de vertimientos

En el caso de disposición en el suelo se debe realizar su análisis referido a régimen hídrico y los factores que lo determinan: capacidad de campo, capacidad de infiltración, percolación, textura y estructura y el análisis de los elementos climáticos que permitan definir las condiciones de disposición de agua .

Caracterización teórica de acuerdo a la normatividad vigente de las aguas residuales domésticas e industriales con indicación de los elementos y sustancias contaminantes

Caudales y volúmenes estimados de efluentes por actividades típicas.

Sectores alternativos de disposición, con mapa de localización a escala 1:25.000 o mayor.

Inventario de usos aguas y vertimientos en la zona de disposición.

Caracterización físico-química y biológica de los cuerpos de agua receptores

Impactos ambientales previsibles, considerando la capacidad de asimilación del cuerpo receptor.

Sistemas típicos y alternativas de tratamiento, manejo y disposición con indicación de los insumos y sustancias utilizadas y su eficiencia en cumplimiento a la normatividad ambiental.

1.4 Para ocupación de cauces

Obras típicas a construir y su temporalidad.

Conocimiento básico del comportamiento de la corriente en los sectores afectables, con planos a escala 1:25.000 o mayor.

Impactos ambientales previsibles.

Obras típicas de protección de control torrencial para cada sector a y intervenir.

Procedimientos constructivos

Impactos producidos por la actividad.

1.5 Para aprovechamiento forestal

Justificación técnica de la necesidad de realizar el aprovechamiento forestal.

Plano de ubicación con coordenadas geográficas, planas y delimitación (establecimiento de linderos) de las áreas solicitas para aprovechamiento forestal.

Régimen de propiedad de las áreas objeto de aprovechamiento forestal.

Extensión de las áreas objeto de aprovechamiento, así como identificación taxonómica de especies, volumen, cantidad o peso aproximado y uso que se pretende dar a los productos

Presentación del Plan de Aprovechamiento Forestal. en el que se incluya un inventario estadístico con error de muestreo no superior al quince por ciento (15%) y una probabilidad del noventa y cinco por ciento (95%).

Se deben indicar los proyectos compensatorios tales como protección, conservación y repoblación forestal, que se contemplarán en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto.

 

1.6 Para disposición de residuos sólidos

Clasificación de los residuos domésticos, industriales y especiales.

Estimativo de volúmenes de residuos domésticos e industriales

Impactos ambientales previsibles.

Opciones de tratamiento, manejo y disposición.

Ubicación en planos de los sitios de manejo y disposición.

1.7 Para explotación de materiales de arrastre y de cantera

Generalidades

Localización de los sitios en coordenadas y mapas a escala 1:25000.

Vías de acceso

Objetivo del aprovechamiento.

Descripción local del entorno.

Aspectos físicos con énfasis en la dinámica fluvial.

Aspectos bióticos

Aspectos socioeconómicos

Sistemas de Explotación

Métodos de explotación

Proyección de la explotación en plano topográfico escala 1:1000

Equipos y/o herramientas a utilizar

Tipo de materiales

Tiempo de explotación

Volúmenes a explotar

Servicios de requerimiento de otros recursos naturales para la explotación

Residuos resultantes

Identificación y Evaluación de Impactos

El análisis debe orientarse a la evaluación de los efectos ambientales que generará la explotación de materiales, contemplando los impactos directos, indirectos, acumulativos y residuales, así como los riesgos ambientales consecuentes con la actividad.

Acciones de Manejo Ambiental

Se deben establecer las medidas de prevención, mitigación, corrección y compensación para los impactos producidos por la actividad.

1.8 Para emisiones atmosféricas

La solicitud del permiso de emisión debe incluir la siguiente información:

Localización de las instalaciones, del área o de la obra.

Fecha proyectada de iniciación de actividades o fechas proyectadas de iniciación y terminación de las obras, trabajos o actividades, si se trata de emisiones transitorias

Descripción de las obras, procesos y actividades de producción, mantenimiento, tratamiento, almacenamiento o disposición, que generen las emisiones y los planos que dichas descripciones requieran; flujograma con indicación y caracterización de los puntos de emisión al aire, ubicación y cantidad de los puntos de descarga al aire, descripción y planos de los ductos, chimeneas o fuentes dispersas, e indicación de sus materiales, medidas y características técnicas.

Información técnica sobre producción prevista o actual, proyectos de expansión y proyecciones de producción a cinco (5) años.

Estudio técnico de evaluación de las emisiones de sus procesos de combustión o producción; se deberá anexar además información sobre consumo de materias primas, combustibles y otros materiales utilizados.

Diseño de los sistemas de control de emisiones atmosféricas existentes o proyectados, su ubicación e informe de ingeniería.

Si utiliza controles al final del proceso para el control de emisiones atmosféricas, o tecnología limpia o ambos.

 

2. LICENCIA AMBIENTAL

En la Ley 99 se define la Licencia Ambiental como un instrumento de gestión y planificación para prevenir, mitigar, corregir, compensar y manejar los efectos ambientales durante el desarrollo de cualquier obra o actividad .

La licencia Ambiental se estableció como requisito para cualquier obra o proyecto que genere deterioro grave a los recursos naturales renovables o al ambiente y modificaciones considerables o cambios notorios al paisaje.

En el Decreto 1753 de 1994, se reglamentó la Licencia Ambiental y su contenido. Se establecen los trámites para la obtención de las licencias definiendo los alcances de los estudios, como el DAA o EIA. De acuerdo con este decreto, la Licencia Ambiental de los proyectos de gran minería, como la exploración, explotación, producción, almacenamiento, acopio y transporte será otorgada de manera privativa por el Ministerio del Medio Ambiente. Es competencia de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR’s) otorgar la Licencia Ambiental a las actividades de explotación, beneficio y transporte que se realizan en la mediana y pequeña minería.

Además de las Licencias Ambientales también se establece la necesidad de permisos para el uso racional de los recursos naturales que el proyecto requiera para su ejecución.

El Decreto - Ley 2150 de 1995, en el artículo 132, simplifica aún más el trámite de la Licencia Ambiental para los proyectos, porque ésta llevará implícito todos los permisos de carácter ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente establece los requisitos y condiciones para su solicitud y obtención.

En la Resolución 655 de 1996 del Ministerio del Medio Ambientes se establecen los requisitos y condiciones para la solicitud y obtención de la Licencia Ambiental de conformidad con el Artículo 132 del Decreto - Ley 2150 de 1995 .

2.1 Procedimientos para el trámite de la licencia ambiental

El procedimiento para el trámite de la licencia Ambiental se estableció en el artículo 30 del decreto 1753 de 1994 y en el artículo 4 de la resolución 655 de 1996, como sigue:

Inscripción del proyecto: Consiste en suministrar información general sobre las características del proyecto y en solicitar a la autoridad ambiental la

definición sobre la necesidad de elaborar el Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) así como los términos de referencia pertinentes para el DAA o para el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), según sea el caso.

Si se requiere DAA, la autoridad ambiental fija los términos de referencia para su elaboración, en un plazo no mayor a 30 días

El interesado presenta el DAA.

La autoridad ambiental define la alternativa sobre la cual se requiera elaborar el EIA, en un plazo no mayor a 60 días, después de recibir el DAA, y fija los términos de referencia correspondientes.

El interesado presenta el EIA

Si se requiere, la autoridad ambiental puede solicitar información adicional, al interesado, en los 30 días hábiles siguientes a la presentación del estudio.

En los 15 días hábiles posteriores a la recepción de la información, allegada por el interesado, la autoridad ambiental puede solicitar información adicional.

Recibida la información, o vencido el término del requerimiento de informaciones adicionales se expedirá el auto que declare reunida toda la información.

A partir de la expedición del auto citado, el MMA tendrá un plazo no mayor a 120 días para pronunciarse otorgando o negando la Licencia. En caso de que la competencia sea de otra autoridad ambiental, el plazo máximo para el pronunciamiento es de 60 días.

Participación ciudadana

Es importante advertir, en cualquier etapa del proceso de licenciamiento es posible realizar, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad, consultas previas, audiencias públicas, y en general, cualquiera de las modalidades contempladas para la participación ciudadana. En estos casos y mientras se cumplen dichas actividades, se suspenden los términos para el pronunciamiento de las autoridades.

2.2 Competencias para el trámite de la licencia ambiental de puertos carboníferos

Es competencia del MMA otorgar o negar las licencias ambientales para la construcción y operación de puertos de gran calado. El MMA pedirá a las Corporaciones Regionales y a los Departamentos Administrativos del Medio Ambiente, concepto previo al otorgamiento de los permisos de aprovechamiento de los recursos naturales o a la autorización de su uso para descargar, o disponer, residuos que cumplan con las características exigidas en las normas.

2.3 Tipo de Estudios Ambientales exigidos

Como se mencionó en la sección anterior, los estudios que pueden ser solicitados por las autoridades competentes para el licenciamiento ambiental de la actividad carbonífera , con anterioridad a la expedición de la Ley 99, son: Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA), Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y Plan de Manejo Ambiental (PMA)

Enseguida se presenta una síntesis de los objetivos y alcances de cada uno de estos estudios.

2.4 Diagnóstico Ambiental de Alternativas - DAA

El objetivo  del DAA es el de suministrar la información requerida para evaluar y comparar las diferentes opciones bajo las cuales sea posible desarrollar un proyecto, obra o actividad, con el fin de optimizar y racionalizar el uso de los recursos ambientales y evitar o minimizar los riesgos, efectos e impactos negativos. El contenido del DAA según se establece en el decreto 1753/94 es:

Presentación del objetivo de la acción

Descripción de diferentes alternativas de la acción en términos técnicos, socioeconómicos y geográficos e identificación de los ecosistemas sensibles, críticos y de importancia ambiental y social

Identificación, estimación y análisis comparativo de posibles impactos, riesgos y efectos derivables de la acción

Descripción de las posibles estrategias de prevención y control ambiental, para cada una de las alternativas.

2.5 Estudio de Impacto Ambiental - EIA

El EIA es un instrumento de planificación ambiental para la toma de decisiones con respecto al desarrollo de acciones o proyectos, exigido por la autoridad ambiental con el propósito de definir las medidas de preservación, mitigación, control, corrección y compensación de los impactos y efectos ambientales de un proyecto, obra o actividad.

El contenido del EIA se sintetiza de la siguiente manera:

Resumen del EIA

Descripción del proyecto

Descripción de los procesos y las operaciones

Delimitación, caracterización y diagnóstico de las condiciones ambientales de las áreas de influencia

Estimación y evaluación de impactos ambientales

Plan de manejo ambiental para prevenir, mitigar, corregir y compensar posibles impactos. Debe incluir plan de seguimiento y monitoreo y plan de contingencia.

2.6 Plan de Manejo Ambiental – PMA

Aunque en las normas vigentes no se encuentran los requerimientos mínimos en cuanto a contenidos y alcances del PMA, éste ha sido utilizado por las autoridades ambientales con el fin de efectuar el control y el seguimiento de los puertos existentes antes de la expedición de la Ley 99, dentro del contexto de los requerimientos asimilables al PMA que se formula como parte de los EIA.

El PMA es un instrumento de gestión eminentemente práctico, en el cual se debe incluir la identificación y las especificaciones de las medidas de prevención, eliminación, mitigación o compensación de los impactos ambientales derivables de las actividades propias de un puerto carbonífero. En general, el alcance de las medidas propuestas se asimila al diseño de las mismas, acompañado del estimativo de costos y el respectivo cronograma para su implementación.

Tal vez la diferencia sustancial entre los estudios ambientales citados radica en que el DAA y el EIA son estudios prospectivos que se elaboran para acciones proyectadas, mientras que el PMA, considerado aquí, tiene como base un escenario real, intervenido, sobre el cual están ocurriendo impactos perfectamente identificables, en la mayoría de los casos.

2.7 Aspectos operativos y trámites ambientales

Para la realización de cada una de estas actividades involucradas en los proyectos carboníferos se deben solicitar las licencias de operación y ambientales y los permisos que sean necesarios para su desarrollo. A continuación se muestra la correspondencia entre los aspectos operativos de la actividad y los compromisos a nivel de trámite de índole ambiental.

ASPECTO OPERATIVO

ASPECTO AMBIENTAL

   
Solicitud del Título Minero al Ministerio de Minas y Energía. Solicitud de la Licencia Ambiental y permisos ambientales a la entidad ambiental competente : Ministerio del Medio Ambiente y/o Corporaciones Autónomas Regionales
Obtención del Título Minero para las actividades de exploración y explotación de carbón.

Inscripción del Título Minero al Registro Minero Nacional

Obtención de las licencias ambientales para las actividades de exploración y explotación, con los respectivos permisos ambientales.

 

Para la obtención de los títulos mineros y de las licencias ambientales con sus respectivos permisos, la persona o empresa interesada por desarrollar cualquier proyecto de minería subterránea o de cielo abierto debe presentar, como requisito, a la autoridad competente los siguientes documentos :

 

Obtención del Título Minero :

 

Obtención de la Licencia Ambiental y permisos para la actividad de la exploración :

La obtención de estos permisos implican el cumplimiento de las exigencias establecidas por la autoridad competente, al no hacerlo, la persona o la empresa será sancionada con multas, la suspensión parcial o total de las licencias y de las obras.