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4.3 Estudios Ambientales Aplicables a Proyectos de
Distribución eléctrica (DIST- 04 - 030)


El decreto 1728 de 2002 excluye las líneas y redes de distribución de la obligación de obtener Licencia Ambiental, no obstante para la ejecución de los proyectos y actividades se deberán tramitar y obtener los permisos, autorizaciones y concesiones a que haya lugar por el aprovechamiento o afectación de los recursos naturales renovables, así como la ejecución de las medidas de manejo ambiental respectivas, bajo un criterio de desarrollo sostenible.

Por lo anterior es necesario establecer un documento en el que consignen las medidas de manejo ambiental detalladas del proyecto, que le permita al dueño tener la seguridad de que las obras a ejecutar cumplen con los estándares ambientales regulados por la normatividad ambiental y en lo posible con estándares de producción mas limpia.

Medidas de Manejo Ambiental: “medidas detalladas de las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, compensar y corregir los posibles efectos o impactos ambientales negativos causados en el desarrollo de un proyecto, obra o actividad. Incluye medidas de Seguimiento, Evaluación, Monitoreo y Contingencias.”