ANTERIOR: DOCUMENTO DIST-07-040
Medida de
Manejo 2: Instalación
de Barreras Provisionales o Permanentes
Casos en
que esta medida aplica
Para evitar el incremento erosivo de la escorrentía superficial y el
arrastre de material excavado, se deben implementar agromantos u obras similares
en una faja continua ubicada ladera abajo o en cercanías a presas,
jagüeyes o arroyos. Teniendo en cuenta las condiciones propias del terreno
a intervenir y de la obra a ejecutar. En el caso de emplear trinchos provisionales
estos deben ubicarse sobre las márgenes de las corrientes de agua,
de tal forma que impidan el paso de material.
Casos en
que esta medida aplica
Para evitar que el material térreo alcance las corrientes de agua se
deben conformar barreras con sacos rellenos, ya sea de material producto del
descapote, material vegetal sobrante o mezcla suelo cemento, que se colocan
perpendiculares a la posible trayectoria de las partículas. Esta obra
u otra similar que cumpla la misma función, se debe instalar en sitios
cercanos a drenajes intermitentes o cuerpos de agua lénticos y/o en
las márgenes de cuerpos lóticos, según lo exijan las
condiciones del terreno a intervenir y el cuerpo de agua de posible afectación.
NOTA: Estas medidas aplican para la actividad “Despeje de Servidumbre”, en aquellos sitios cercanos a cuerpos de agua de alta vulnerabilidad ambiental y en sitios de ubicación de postes y/o torres.