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Antes
del inicio de cualquier actividad constructiva, se debe caracterizar tanto
el uso del agua como el estado de la vegetación aledaña
al nacimiento de agua.
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Aislar
provisionalmente alrededor de la vegetación protectora o aledaña,
lo cual se puede hacer con cinta. En el caso de
cordones protectores mayores a 30 m, solo se aislará la zona de
posible afectación.
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Prohibir
el paso de maquinaria cerca a la vegetación aledaña a los
nacimientos o sobre las corrientes de agua.
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Señalizar
el área para informar a la comunidad y a los trabajadores la presencia
de un punto sensible ambiental.
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Tener
en cuenta que de acuerdo con el Decreto 1449 de 1977, las franjas protectoras
a nacimientos de agua son de 100m y de 30m para corrientes de agua. Por
tanto para la ubicación de sitios de apoyo, estas distancias se
deben respetar estrictamente.
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Prohibir
el corte, tala o cualquier tipo de intervención a la vegetación
aledaña.
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Si
es necesario, implementar obras de retención de sedimentos o instalación
de barreras provisionales y/o permanentes
para evitar que material inerte alcance los cuerpos de agua o los sitios
de captación de agua. En ocasiones será necesario considerar
la posibilidad de reubicación delas captaciones existentes.
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Prohibir
el ingreso de trabajadores a la zona del nacimiento de agua.
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Prohibir
cualquier tipo de quema.
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Revisar
periódicamente el lugar con el fin de verificar el estado de las
fuentes de agua. Esta labor estará a cargo del monitor residente
ambiental.
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Asegurar
que los desechos vegetales no obstruyan o contaminen las estructuras de
captación de agua.
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Crear
y mantener franjas forestales protectoras de nacimientos y corrientes
de agua.
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Al
concluir las actividades constructivas, caracterizar el estado de la vegetación
aledaña y estimar el caudal y la calidad física de las aguas.
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Lo
anterior se hace para dar constancia a la comunidad que el sitio identificado
como nacimiento, se encuentra en mejores o iguales condiciones que al
inicio de la actividad.