Cover Consejo Directivo

Consejo Directivo de la UPME

Normativa
Card Planeación

Acuerdo No.001 del 18 de abril de 2018

A través del cual se aprobó el Reglamento Operativo del Consejo Directivo.

Card Planeación

Decreto 1258 del 17 de junio de 2013

​Modificó la estructura de la UPME.

Card Planeación

Acuerdo No.001 del 22 de marzo de 2013

​A través del cual el consejo directivo adoptó los estatutos internos de la Unidad.

Card Planeación

​​​Decreto 2587 del 13 de diciembre de 2012

​A través del cual el consejo directivo adoptó los estatutos internos de la Unidad.

Card Planeación

​​​​​Ley 1362 del 3 de diciembre de 2009

​Se creó el Consejo Directivo de la UPME, se determinó los miembros que lo conforman y señaló que el Gobierno Nacional debía expedir un decreto reglamentario de su funcionamiento y alcance de sus funciones.

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Generalidades del Consejo Directivo

(Normativa - Miembros - Funciones)

  • Ministro de Minas y Energía o el Viceministro de Energía, quien lo preside.
  • Director de la entidad encargada del Despacho de Energía. -XM S. A. E.S.P.-.
  • Director de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
  • Dos personas de reconocida idoneidad conocedores del sector de hidrocarburos o con amplios conocimientos financieros.
Maria nohemi arboleda arango min

María Nohemí Arboleda Arango

Ingeniera electricista de la Universidad Nacional de Colombia, con especialización y maestría en Ingeniería de Transmisión y Distribución Eléctrica de la Universidad Pontificia Bolivariana. Cuenta con más de 30 años de experiencia en el sector eléctrico colombiano, especialmente en la planeación, operación y administración del Sistema Interconectado Nacional y del Mercado de Energía Mayorista.

Antes de asumir como Ministra de Minas y Energía, se desempeñó como Gerente General de XM S.A. E.S.P., empresa filial de ISA encargada de la operación del Sistema Interconectado Nacional y la administración del Mercado de Energía Mayorista. En XM también ocupó cargos como Gerente del Centro Nacional de Despacho, Directora de Transacciones del Mercado y Directora de Transacciones Comerciales. Asimismo, fue Directora de Planeación de la Operación en ISA. Su trayectoria se ha caracterizado por un amplio conocimiento técnico del sector eléctrico, la confiabilidad y seguridad del sistema energético y la gestión de los mercados de energía.

Juan carlos morales

Juan Carlos Morales Ruiz

El gerente general encargado de XM, es ingeniero Electricista de la Universidad de Antioquia, con máster en Planeación de Sistemas de Energía de la Universidad Federal de Santa Catalina de Brasil y Executive MBA de Westfield Business School. Cuenta con más de 30 años de experiencia en el sector eléctrico. Se encuentra vinculado a XM desde 2005, tiempo en el cual ha liderado diferentes equipos al interior de la organización.

Ernesto forero fernandez xm

Ernesto Forero Fernández de Castro

Abogado egresado de la Universidad Externado de Colombia y cuenta con especializaciones y estudios de posgrado en derecho comercial y tributario. Su formación jurídica y su experiencia profesional lo han llevado a desarrollar una destacada trayectoria de más de 20 años en el sector privado, así como en áreas relacionadas con la regulación y la contratación.

Proceso de selección para elegir a los 2 miembros independientes:

  • El viceministro de energía deberá escoger los gremios más representativos de los subsectores de energía e hidrocarburos, por su parte el viceministro de minas deberá señalar los que representen el sector minero.
  • La UPME convocará a los gremios sectoriales escogidos para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación, conformen la terna que deberá remitirse al Ministro de minas y energía para la designación de los dos miembros del consejo directivo.
  • El Ministro, mediante acto administrativo designa el consejero que estime pertinente.
  • Proponer lineamientos para la planeación de los sectores energético y minero, buscando asegurar el abastecimiento del país y maximizar su aporte a la sociedad.
  • Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual y las modificaciones al presupuesto de la unidad.
  • Impartir las directrices para la consolidación y divulgación de la información estadística oficial del sector minero energético.
  • Formular la política de mejoramiento continuo de la Entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
  • Orientar y direccionar las actividades, estudios e investigaciones requeridas para la adopción de planes y encaminadas a realizar una planeación integral del sector minero energético.
  • Proponer esquemas de coordinación de tal manera que se tenga en cuenta los lineamientos del PND y otros planes sectoriales en la planeación minero energética.
  • Las demás dispuestas en la normativa vigente, tales como la aprobación del PAC o de la bonificación por coordinación de los coordinadores de los Grupos Internos de trabajo de la UPME.
Debe reunirse ordinariamente al menos una (1) vez cada mes en la fecha que determine el señor Ministro; sin embargo, podrá reunirse extraordinariamente por convocatoria de su presidente, o a solicitud del Director General de la UPME o de tres (3) de sus miembros.
 
Adicionalmente podrán realizarse sesiones extraordinarias no presenciales que se plasmarán en los registros y actas pertinentes.
 
La citación de las reuniones ordinarias debe realizarse con por lo menos 2 días de anticipación y de las extraordinarias con 1 día. En ambos casos la citación debe acompañarse de la indicación del orden del día.

El consejo deliberará con la mitad de sus miembros. Para la toma de decisiones bastará el voto de la mitad más uno de los miembros presentes en la respectiva sesión.

​Los miembros  del Consejo Directivo recibirán honorarios en los términos y condiciones señalados en el Decreto 1486 de 1999, modificado por el Decreto 2561 de 2009  y las resoluciones que expida el Ministerio de Hacienda para el efecto, así como las normas que las modifiquen, adicionalmente o deroguen.

Las inhabilidades y prohibiciones aplicables a los miembros del Consejo Directivo estarán regidas  por lo señalado en el Decreto 2587 de 2012, y las demás normas aplicables en la materia.

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Ver Inhabilidades e incompatibilidades del consejo directivo