Preguntas Frecuentes
Las consultas las debe remitir solamente a través del correo electrónico correspondencia@upme.gov.co
- Hasta veinte (20) días hábiles para FNCE.
- Hasta treinta (30) días hábiles para GEE.
- Hasta treinta (30) días hábiles para H2.
Para poder consultar el estado y hacer el seguimiento de las solicitudes lo podrá realizar a través del aplicativo accediendo con su usuario y contraseña.
El solicitante secundario puede ser:
- El importador o aquella persona que comercialice los equipos o maquinaria que sea parte del proyecto.
- El instalador o aquella persona con quien contractualmente se desarrollen o se vayan a desarrollar las actividades de montaje o puesta en operación del proyecto de generación.
- El banco o entidad bancaria con la cual el solicitante principal haya suscrito un contrato de leasing financiero con opción irrevocable de compra. En este caso, en la solicitud se debe anexar el contrato del leasing financiero.
Los bienes y servicios susceptibles de los incentivos tributarios para proyectos de FNCE, GEE e H2 se encuentran en el Anexo 1, 2 o 3 respectivamente de la Resolución UPME 135 de 2025.
El número máximo de bienes y servicios que se pueden diligenciar en la solicitud es de setenta (70) ítems. En caso de que se requiera evaluar más de setenta (70) ítems para un mismo proyecto, el solicitante debe presentar solicitudes separadas.
En caso de que el solicitante reporte más de setenta (70) ítems de bienes y servicios en una misma solicitud, no procederá a evaluación, siendo causal de completitud.