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Preguntas frecuentes

Vehículos eléctricos

El único canal dispuesto por la entidad para realizar consultas sobre los requisitos, el procedimiento y las tarifas a cobrar para realizar la solicitud del Certificado UPME es el correo electrónico: correspondencia@upme.gov.co

Hay dos formas de hacerlo

  1. Ingresa a upme.gov.co/mueveteelectrico y selecciona en el menu:

Al hacer click se te abrirá una ventana emergente en la cual deberás escribir tu número de caso con las letras, el guión al piso y el número. Luego haz click en el botón consultar solicitud y tendras una respuesta.

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  1. Para consultar el estado de tu solicitud, ingresa con tu usuario (Cédula o NIT) y contraseña al Sistema Único de Usuarios (SUU) en el siguiente enlace: https://automatizacion-upme.bizagi.com/

Una vez ingreses ve a la esquina superior derecha, haz clic en la barra “buscar”, ingresa el número de tu caso y haz clic en el icono de lupa o presiona la tecla “Enter”.

Si. Puedes agendar una cita presencial de lunes a viernes únicamente en la franja de 10:00 a.m. a 10:30 a.m. en el siguiente enlace: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSchMaZyjwXH03-T8BPftMyn6zjtN6uz_rTibWMk4yEajHeKaQ/viewform?pli=1

ELa UPME cuenta con diferentes canales para atención de consultas relacionadas con el trámite de incentivos. Sin embargo, ninguno de ellos es para realizar acompañamiento personalizado de la solicitud sino para atención de inquietudes o requerimientos.

Material de ayuda

Canales de atención

Correo. Tiempo de respuesta: 15 días hábiles prorrogables a 30.
A través correspondencia@upme.gov.co cual se pueden remitir consultas, y requerimientos.

Cita presencial en Bogotá. Tiempo de agendamiento: 20 a 30 dias.
Solicitud de agendamiento de citas llenando el formulario.

Puedes intentar las siguientes acciones:

  • Intenta ponerles nombres cortos a los archivos
  • Evita muchas carpetas dentro otras carpetas en el comprimido
  • Comprime el archivo
  • Solo carga la información necesaria.

Los correos se envían de forma automática, aún así recuerda que puedes confirmar que tu solicitud fue cerrada ingresando al Bizagi.

El caso se cierra cuando no hay actividad en el tiempo determinado para dar respuesta a una aclaración. Si no estas de acuerdo con el cierre de tu caso puedes enviar un correo electrónico a  correspondencia@upme.gov.co solicitando y justificando la ampliación del tiempo de aclaración. El tiempo de respuesta a tu solicitud puede tomar de 15 días hábiles prorrogables a 30.

Si. De conformidad con el artículo 8 de la Resolución UPME 135 de 2025, “El titular del certificado UPME puede solicitar su modificación siempre y cuando el cambio no afecte las condiciones técnicas del proyecto o no implique cambios en el sentido material de la decisión”. La modificación del certificado UPME se puede solicitar dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha de su expedición, en los siguientes casos: 8.1. Cambio o inclusión de subpartida arancelaria. 8.2. Cambio de marca, modelo o referencia, proveedor, y/o fabricante de los elementos, equipos o maquinaria o cambio del proveedor de servicios. 8.3. Cambio o inclusión de solicitantes secundarios. Nota. De acuerdo con el Parágrafo del citado artículo, “En caso de que el solicitante requiera cambios diferentes a los enunciados, se entiende que la propuesta de proyecto es diferente, por lo que el interesado debe presentar ante la UPME una nueva solicitud cumpliendo con los requisitos y procedimiento establecidos en la citada Resolución”.Para solicitar una modificación de un certificado ya expedido envía un correo electrónico a correspondencia@upme.gov.co

Las consultas relacionadas con la aplicación de los incentivos y temas tributarios corresponden a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 1742 de 2020, a dicha entidad le compete mantener la unidad doctrinal en la interpretación de las normas en materia tributaria.

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